Los días martes y miércoles de esta semana, el caso de la “inhabilitación política” a Leopoldo López será analizado en la Corte Interamericana de Derechos Humanos, días en donde se realizarán las audiencias. En ellas, tendrán derecho a presentar los alegatos, la Corte, quien es la demandante y la República, que en este caso es el demandado. En diversos medios de comunicación hemos escuchado al Contralor General de la República, Clodosbaldo Russián argumentar que el Estado venezolano no está en la obligación de cumplir una sanción que viola la Constitución de nuestro país, y por su parte López, argumenta que sus derechos constitucionales fueron violados y por lo tanto deben ser restituidos. Ello con la firme intención de participar como candidato presidencial a las elecciones de 2012. Al respecto tengo algunas preguntas que quisiera plantear:

Si Leopoldo López está políticamente inhabilitado, tal como el lo ha argumentado,
1. ¿Cómo es posible que ejerza el derecho al voto, si en la CRBV en su artículo 64 establece que “son electores o electoras todos los venezolanos y venezolanas que hayan cumplido dieciocho años de edad y que no estén sujetos a interdicción civil o inhabilitación política?
2. ¿Cómo Leopoldo López inscribió un partido político ante el CNE, si un inhabilitado político pierde sus derechos políticos?
3. ¿Acaso existe la posibilidad de haberle sancionado con una inhabilitación política sólo y exclusivamente para no postularse y se le haya mantenido el resto de los derechos políticos?
4. ¿O será que su sanción estipula tal como está consagrado en el artículo 105 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República que la responsabilidad administrativa puede ser sancionada con la imposición de una inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por un lapso finito determinado en la sanción?

Si revisamos la historia, encontramos el caso de un venezolano que si fue inhabilitado políticamente, y creo fue el primer en nuestra historia democrática. Me refiero a Marcos Pérez Jiménez, que se le inhabilitó para impedir que se presentara en las elecciones presidenciales de 1973, pues los artífices del pacto de punto fijo, AD y COPEI, estaban en conocimiento de su alta popularidad entre los votantes venezolanos, los cuales ya lo habían electo senador en las elecciones de 1968, pero la Corte Suprema de Justicia, anuló su elección. Luego en 1973, concientes de que podía ganar las presidenciales, promovieron una enmienda constitucional con aplicación retroactiva para impedir su postulación, y obviamente sancionarlo con la inhabilitación política, perdiendo sus derechos políticos.

En lo que respecta a Leopoldo López, la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal vigente, no establece la “inhabilitación política” en el caso de cometer actos irregulares en el ejercicio de la función pública en donde se incurra en responsabilidad administrativa. Lo que se aplica son sanciones administrativas. El asunto, es que causa mayor “punch político” si se habla de inhabilitación política y no de sanción administrativa, o incluso inhabilitación administrativa, si el término se permite. Aun cuando se mienta de forma irresponsable.

La estrategia de López ha sido politizar la sanción impuesta (la segunda, pues la primera fue por el caso de los “aportes” de PDVSA a Primero Justicia) por irregularidades administrativas cometidas durante su ejercicio como Alcalde de Chacao, que si bien no implica que incurrió actos de corrupción, no cumplió con los procedimientos administrativos necesarios para disponer de recursos de la Alcaldía. Por una parte, ha logrado que mediáticamente los venezolanos y venezolanas crean que lo impuesto fue una estrategia política en su contra, dejando a un lado las razones por lo cual lo sancionaron, y centrando su mensaje en que sus derechos políticos están siendo violados.

Por otra parte, intenta aprovechar los tiempos electorales, para que su caso sume a la estrategia de descrédito al gobierno venezolano en referencia a la violación de los derechos humanos, en este caso los que tienen que ver con derechos políticos, y le de algo de rédito político para una posible (a mi entender un supuesto negado) participación efectiva (pues no desestimo que se presenta aún esté inhabilitado para seguir victimizándose) en las elecciones primarias de la oposición.

Es una de esas incongruencias bien elaboradas por los asesores políticos de la oposición, el tratar de violentar el Estado de Derecho, queriendo politizar un asunto de orden jurídico. Y es paradójico, pues uno de los argumentos esgrimidos por diversos partidos y líderes opositores ha sido justamente que el gobierno nacional no controla la impunidad y la corrupción. Pero recientemente hemos visto como utilizan a jóvenes para intentar saldar de forma ilegal las cuentas que tienen algunos de sus militantes con la justicia venezolana, entre otras cosas por estar incursos en asuntos tan graves como el homicidio, y ver el show mediático del ex alcalde de Chacao, para vulnerar las sanciones impuestas por malversación de fondos públicos. Para López son más importantes sus ansias de ser candidato presidencial, que asumir una postura institucional y respetuosa frente a las instituciones públicas, por las faltas cometidas al ordenamiento jurídico venezolano.

Sin embargo, el asunto no es solamente lo que ha hecho Leopoldo López, sino lo que ha dejado de hacer el gobierno venezolano. Las últimas derrotas de la oposición han sido convertidas en victoria por el mal manejo de la comunicación política y la ausencia de un equipo efectivo que se encargue de la elaboración de lo que comunica políticamente el gobierno. Incluso, pareciera que se ha perdido el dominio sobre algunos temas estratégicos de la agenda política, la cual hasta ahora era definida desde el gobierno casi en su totalidad. Y considero, que al existir un órgano con el rango de ministerio con cartera como lo es el MINCI, su gobernabilidad en la política comunicacional es alta y dominante.

Un MINCI y su ministro no están para colocarle el micrófono al presidente en sus recorridos televisados (actitud que hemos visto de forma reiterada en los últimos designados en el cargo), ni resolver problemas técnicos en la transmisión de las actividades de presidente, pues se entiende que para ello hay presidentes y directores de cada uno de los medios que conforman el sistema de medios públicos de nuestro país. Su labor debe concentrar mayores esfuerzos en el diseño de estrategias efectivas de comunicación política, que no es sólo la elaboración de micros y la generación de instrucciones a los medios públicos, sino encargarse de la forma y el contenido de lo qué, cómo, cuándo y dónde se comunica desde las altas instancias de gobierno. Y obviamente, el presidente y los ministros deben estar abiertos a seguir los lineamientos que en materia de comunicación política se le presentan.

Lo que sucede en torno a López no escapa de esta situación, pues la Contraloría no reaccionó a tiempo, pudiendo hacer uso de una mejor estrategia comunicativa, pues en vez de aclarar la situación se ha enlodado en una suerte de generar de una matriz mediática adversa al Estado y sus instituciones. El MINCI reaccionó tarde, generando algunos micros explicando las razones por las cuales se sanciona a Leopoldo López pudiendo atacar oportunamente con más vigor la matriz de opinión que se venía formando. Es importante en un año previo a las elecciones presidenciales, afinar las instituciones y los grupos de trabajo que se encarguen de hacer congruente el mensaje con la estrategia política, pues de ello va a depender un buen control de la agenda política y el éxito de una comunicación efectiva.